- Un local está dedicado únicamente a fabricar pan realizándose su venta en otro distinto. Tributación.
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Un panadero fabrica y vende al por menor pan en el mismo local. Además posee otros locales de venta y vende en ambulancia por varios municipios de la provincia ¿en qué epígrafes se clasifica?
- Cuando un mismo comerciante minorista clasificado en el grupo 644 de la Sección 1 (comercio al por menor de pan, pastelería, etc... ) y facultado para fabricar conforme a su epígrafe específico, tenga su establecimiento de fabricación en un local separado de la dependencia de venta, tributará como tal minorista en el epígrafe que corresponda de dicho grupo 644 sin tener que darse de alta como fabricante siempre que:
- Sea titular de los establecimientos de fabricación y, también de las dependencias de venta.
- Venda el producto de su fabricación, exclusivamente, en sus dependencias de venta.
- No venda a comerciante tercero alguno (mayorista o minorista) parte alguna del producto de su fabricación. Los establecimientos de fabricación separados se consideran locales indirectamente afectos.
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