¿Cuáles son los plazos para presentar las declaraciones de alta, variación o baja en el Modelo 840?
Alta por inicio: Antes del transcurso de un mes desde el inicio de la actividad.
Alta por dejar de disfrutar de exención: Durante el mes de diciembre inmediato anterior al año en el que el sujeto pasivo resulte obligado a contribuir por el impuesto.
Variación: Un mes a contar desde la fecha en la que se produjo la circunstancia que motivó la variación.
Baja por cese: Un mes a contar desde la fecha en la que se produjo el cese.
Baja por disfrutar de exención: Mes de diciembre inmediato anterior al año en el que el sujeto pasivo quede exonerado de tributar por el impuesto.
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