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IAE - Recogida de setas, retamas, algas, marisqueo

Consulta: 

¿Está sujeta al impuesto la recogida en el bosque de setas, zarzas y retamas? ¿Y la recogida de algas y mariscos en la playa?

Respuesta corta: 

La actividad de recogida de setas para su venta y toda otra actividad de similares características a la puramente agrícola, forestal (ejemplo, recogida de retamas), ganadería dependiente (aprovechamiento cinegético) o pesquera (recogida de algas, marisqueo), con independencia de que se realice en terrenos o lugares de propiedad privada o pública (sean o no de dominio público), no están sujetas al I.A.E. por considerarse a estos efectos asimilables a las respectivas actividades agrícolas, forestales, ganaderas dependientes o pesqueras.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 78 Real Decreto Legislativo 2 / 2004 , de 05 de Marzo de 2004 .
ID: 
108277