• English
  • Español

IAE - Recogida de virutas para venta

Consulta: 

Contribuyente cuya actividad consiste en la recogida de virutas, serrín, etc., para vender a fabricas. ¿En qué grupo debe darse de alta?

Respuesta corta: 

Debe clasificarse en el grupo 622 o 623 de la Sección 1 (comercio al por mayor de otros productos de recuperación o recuperación) y (comercio de residuos fuera de establecimiento permanente), respectivamente.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Agrupacion 62 Sección 1 Tarifas Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
ID: 
108906