• English
  • Español

IAE - Restaurante en hoteles

Consulta: 

Los restaurantes de hoteles que sirven a los clientes del propio hotel y a otras personas ¿tienen que darse de alta como tales restaurantes?

Respuesta corta: 

Los titulares de hoteles que disponen de restaurante en el que atienden a los clientes del hotel y a otras personas que no se hospedan en el mismo deberán darse de alta en la actividad de servicios en restaurante, si bien pagando el 50% de la cuota correspondiente en el supuesto de que no estén exentos ya que se considera actividad complementaria.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Regla 4 Instrucción Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
ID: 
108344