Un hotel no exento del impuesto tiene un restaurante separado del hotel por una vía publica ¿es de aplicación la regla 4.2.f para tributar por el restaurante al 50%?
Para que resulte de aplicación la regla 4.2.f de la Instrucción es necesario que exista unidad de local. Según lo establecido en la regla 6.2, Último párrafo de la Instrucción, se aplicará el criterio de unidad de local en este caso aunque la actividad de hotel y la de restaurante no estén ubicadas en el mismo recinto, siempre y cuando la actividad de restauración sea ejercida por el titular de la actividad de hospedaje y se preste exclusivamente a los clientes del establecimiento hotelero.
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