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IAE - Salones de belleza

Consulta: 

¿Puede una persona física, titular de un salón de belleza, clasificarse en la Sección segunda?

Respuesta corta: 

Para que un sujeto pasivo se clasifique en la Sección de profesionales es necesario que, además de ser persona física, no tenga una organización empresarial. Por ello, en el caso consultado, el contribuyente deberá ser clasificado en la Sección primera ya que un salón de belleza constituye una organización empresarial.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Regla 3 Instrucción Real Decreto Legislativo 2 / 2004 , de 05 de Marzo de 2004 .
DGCHT 2031
ID: 
108452