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IAE - Salones recreativos

Consulta: 

Los salones recreativos y de juego que sólo tengan máquinas recreativas y de azar ¿tributan por superficie de local?

Respuesta corta: 

Los salones recreativos y de juego tributan por el epígrafe 969.6, Sección 1 de las tarifas, tomando en consideración la superficie del local a efectos de lo previsto en la regla 14.1.f) de la Instrucción. Además, las máquinas recreativas y de azar tributan con arreglo a lo previsto en el epígrafe 969.4 no considerándose el elemento superficie.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Regla 6 Instrucción Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
Regla 14 Instrucción Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
ID: 
108591