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IAE - Servicios complementarios. casos concretos

Consulta: 

¿Son servicios complementarios del hospedaje las actividades de turismo ecuestre, discotecas, tiendas de regalos, guardería infantil, agencias de viajes, alquiler de vehículos, tiendas de alimentación, organización de congresos, venta de tabaco, cabinas telefónicas, quinielas, lotería?

Respuesta corta: 

Las actividades de turismo ecuestre, discotecas, tiendas de regalos, guardería infantil, agencias de viajes, alquiler de vehículos tiendas de alimentación y organización de congresos tienen el carácter de servicios complementarios a los efectos de aplicar la regla 4.2.f de la Instrucción siempre que cumplan las condiciones de la pregunta 108351.

No obstante, la venta de tabaco, cabinas telefónicas, quinielas, lotería no pueden considerarse incluídas entre los servicios complementarios a la de hospedaje por no cumplir los requisitos enumerados en la pregunta 108351.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Regla 4 Instrucción Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
ID: 
108352