• English
  • Español

IAE - Servicios fotográficos

Consulta: 

Los contribuyentes matriculados en el epígrafe 973.1 (servicios fotográficos) ¿a qué están facultados?

Respuesta corta: 
  1. A realizar retratos fotográficos, fotografías comerciales, servicios de fotografía técnica, revelado, impresión y ampliación de fotografías y servicios combinados de video y fotografía.
  2. A la recepción de carretes fotográficos y posterior entrega de las correspondientes fotografías reveladas por un laboratorio ajeno (así como a revelar carretes de otros fotógrafos).
  3. A vender pequeño material fotográfico como carretes, pilas, porta fotos, álbumes y maquinas compactas, incrementando un 25 por 100 la cuota del epígrafe en su caso.
Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Epígrafe 973 .1 Sección 1 Tarifas Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
ID: 
109329