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IAE - Taller de chapa y pintura de vehículos

Consulta: 

Clasificación de la actividad de reparación y pintura de carrocerías de vehículos.

Respuesta corta: 

La actividad de reparación de vehículos, sus carrocerías o cualquier otro elemento de los mismos, así como la aplicación de pinturas a vehículos se clasifica en el epígrafe 691.2 de la Sección 1ª (reparación de vehículos automóviles, bicicletas y otros vehículos.)

Los talleres de reparación pueden incluir en sus facturas, sin necesidad de otro alta en las tarifas, el importe de los recambios que incorporen. No obstante, si venden los recambios al público sin instalarlos, deberán darse de alta separadamente como vendedores

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Epígrafe 691 .2 Sección 1 Tarifas Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
DGCHT 835
ID: 
109079