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IAE - Transformación de productos alimenticios

Consulta: 

La transformación de productos para alimentación animal, derivados del reciclaje de productos alimenticios humanos ¿en qué epígrafe se clasifica?

Respuesta corta: 

Se clasifica en el epígrafe 422.2 de la Sección 1 (harinas de pescado y subproductos animales, productos derivados del reciclaje y transformación de residuos alimenticios y otros preparados para la elaboración de piensos).

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Epigrafe 422 .2 Sección 1 Tarifas Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
ID: 
108788