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IAE - Venta fuera de establecimiento

Consulta: 

Clasificación de los bares que, además de servir para el consumo en el propio establecimiento, elaboran y venden pollos asados y pizzas, tanto en el local como a domicilio.

Respuesta corta: 

Deben estar clasificados en el grupo 673 de la Sección 1.

Los epígrafes de este grupo facultan para vender en el propio establecimiento los pollos y pizzas que son objeto del respectivo servicio, tanto si se consumen en el establecimiento, como si los clientes los compran para llevar, sin embargo no autorizan para la venta a domicilio, para la que deberán darse de alta en el epígrafe 677.9 de la Sección 1 (otros servicios de alimentación propios de la restauración).

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Agrupación 67 Sección 1 Tarifas Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
ID: 
109037