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IAE - Ventas al ejército de tierra

Consulta: 

Un comerciante vende sus productos al ejército de tierra ¿debe matricularse como mayorista o como minorista?

Respuesta corta: 

Deberá matricularse en alguno de los epígrafes correspondientes a comercio al por mayor puesto que se considera comercio mayorista el realizado con las Fuerzas Armadas.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Regla 4 Instrucción Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
ID: 
108307