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IMPUESTO SOBRE LA ELECTRICIDAD

Consulta: 

¿Se incluyen en la base imponible del impuesto sobre el valor añadido que grava los suministros de energía eléctrica las cuotas del impuesto sobre la electricidad que recae sobre la producción de energía eléctrica?.

Respuesta corta: 

Si, ya que, aun siendo el hecho imponible del impuesto sobre la electricidad la fabricación, el devengo se produce con ocasión del suministro de la energía eléctrica, lo que supone que, mediante la repercusión del mismo, la cuota del impuesto sobre la electricidad es un crédito más en favor del suministrador, a cuyo pago esta obligado el destinatario, derivado precisamente del suministro (entrega) de la energía.

Por tanto, las cuotas del impuesto sobre la electricidad exigidas a los destinatarios de las entregas de energía eléctrica sujetas al IVA constituyen contraprestación de las referidas entregas y deben, consecuentemente, incluirse en la base imponible de este último tributo.

Respuesta extendida: 
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ID: 
107097