¿Cuándo se produce el devengo del impuesto en la de venta o entrega de gases fluorados tras su producción, importación o adquisición intracomunitaria?
El impuesto se devenga en el momento en que los gases fluorados objeto del impuesto se ponen a disposición de los adquirentes o en el momento de su autoconsumo por parte de los productores, importadores, adquirentes intracomunitarios o revendedores de los gases.
Esto tiene lugar incluso en el supuesto en que el adquirente los almacene y vaya disponiendo de ellos en función de sus necesidades, incorporándolos en las sucesivas recargas que efectúe en los equipos o aparatos de su titularidad.
... desde que encontré a Serapeum, especialmente Josep Navarro, me he dado cuenta que realmente Josep es un gran profesional, no sólo te asesora sinó que con la jurisprudencia correspondiente, te explica en que situación te encuentras. Actualmente, me está llevando de una manera altamente profesional un tema que complicó mi asesor fiscal anterior ...