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Impuestos medioambientales: Devengo del impuesto

Consulta: 

¿Cuándo se produce el devengo del impuesto en la  de venta o entrega de gases fluorados tras su producción, importación o adquisición intracomunitaria?

Respuesta corta: 

El impuesto se devenga en el momento en que los gases fluorados objeto del impuesto se ponen a disposición de los adquirentes o en el momento de su autoconsumo por parte de los productores, importadores, adquirentes intracomunitarios o revendedores de los gases.

Esto tiene lugar incluso en el supuesto en que el adquirente los almacene y vaya disponiendo de ellos en función de sus necesidades, incorporándolos en las sucesivas recargas que efectúe en los equipos o aparatos de su titularidad.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Apartado OCHO.1del artículo 5 de la Ley 16/2013 y consulta de la DGT V3362-16
ID: 
139633