• English
  • Español

INAPLICACIÓN RÉGIMEN AGRUPACIÓN EUROPEA

Consulta: 

¿Qué circunstancias determinan la inaplicabilidad del régimen tributario especial establecido para las agrupaciones europeas de interés económico?

Respuesta corta: 

Dicho régimen fiscal no será de aplicación en el período impositivo en que la agrupación europea de interés económico realice actividades distintas a las propias de su objeto o las prohibidas en el apartado 2 del artículo 3 del Reglamento CEE 2137/1985, de 25 de julio.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 44 Ley 27 / 2014 , de 27 de noviembre de 2014 .
ID: 
136022