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INCOBRABLES: FACTURAS NO DECLARADAS RECLAMADAS JURA DE CUENTAS

Consulta: 

Un abogado fue objeto de un procedimiento de comprobación en que se incrementó la base imponible del IVA devengado correspondiente a facturas del ejercicio 2011 no declaradas ni registradas y que estaban relacionadas con un servicio que no cobró por insolvencia del cliente y por las que instó el procedimiento de jura de cuentas.¿Puede modificar la base imponible para recuperar el IVA de dicho servicio?

Respuesta corta: 

No, dado que el plazo para modificar la base imponible ha expirado ya (3 meses una vez transcurrido el plazo de un año o de 6 meses posterior a la fecha del devengo del impuesto), no siendo posible la modificación de la base imponible del Impuesto por el procedimiento del artículo 80.Cuatro de la LIVA correspondiente a las operaciones gravadas que hayan sido total o parcialmente incobrables.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
138058