¿Es aplicable la deducción por adquisición de vivienda habitual a la indemnización satisfecha al inquilino, para pasar a ser la vivienda habitual de su propietario? ¿Y a los gastos de abogados y procuradores ocasionados por el juicio de desahucio?
No. En este caso no puede hablarse de adquisición de vivienda, puesto que ya pertenecía a su propietario, siendo la indemnización abonada y las costas del juicio una mejora del inmueble, al extinguirse el derecho a la prórroga forzosa que lo gravaba. Dicha mejora aumentará el valor de adquisición del bien, a efectos de futuras transmisiones del mismo.
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