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INDEMNIZACIÓN POR FALLECIMIENTO: FONDO INTERNO

Consulta: 

¿Cómo debe tributar una indemnización en pago único por fallecimiento de un trabajador abonada por una empresa o entidad en virtud de convenio colectivo no existiendo ningún tipo de contrato de seguro?

Respuesta corta: 

La indemnización satisfecha por una empresa o entidad con cargo a fondos internos a los herederos de un empleado de la misma por su fallecimiento, deberán calificarse como rendimiento del trabajo estando sujetas a su sistema de retenciones a cuenta. Por otra parte, al tratarse de un pago único, se calificará de rendimiento del trabajo obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, por lo que se aplicará la correspondiente reducción del 30%.

Si se abonara en virtud de un seguro colectivo la prestación por fallecimiento tributaria por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Respuesta extendida: 
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ID: 
136203