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Intrastat - Período de referencia

Consulta: 

¿Qué entiende el sistema INTRASTAT por periodo de referencia?(Norma General)

Respuesta corta: 

Como regla general para el Sistema INTRASTAT, se considerará como Período de referencia , el mes natural en el transcurso del cual se produce la operación intracomunitaria.

El período de referencia, coincidirá con el año natural en que se haya producido la entrada o salida de la mercancía del territorio español.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
RESOLUCIÓN INTRASTAT DE 27-01-2009, (BOE 11-02-2009)
ID: 
126044