¿CUANDO HAY QUE DECLARAR EL VALOR ESTADÍSTICO?.
*Es obligatoria la consignación del Valor estadístico, para aquellos operadores que en el ejercicio anterior hubieran superado la cifra de 6.000.0000 en uno o en ambos flujos.
*En el caso de Buques y Aeronaves, el valor estadístico a declarar será el importe total que se facturaría (excluidos los costes de transporte y seguros), en caso de venta o compra de todo el Buque o Aeronave.
... desde que encontré a Serapeum, especialmente Josep Navarro, me he dado cuenta que realmente Josep es un gran profesional, no sólo te asesora sinó que con la jurisprudencia correspondiente, te explica en que situación te encuentras. Actualmente, me está llevando de una manera altamente profesional un tema que complicó mi asesor fiscal anterior ...