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INVESTIGACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS

Consulta: 

¿A qué tipo tributarán las entidades que se dediquen a la exploración, investigación y explotación de yacimientos y almacenamientos subterráneos de hidrocarburos en los términos establecidos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos?

Respuesta corta: 
  • Al 37,5%, para los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2007.
  • al 35%, para los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2008.

Las actividades relativas al refino y cualesquiera otras distintas de las de exploración, investigación, explotación, transporte, almacenamiento, depuración y venta de hidrocarburos extraídos, o de la actividad de almacenamiento subterráneo de hidrocarburos propiedad de terceros, quedarán sometidas al tipo general de gravamen.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Disposición adicional octava TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
ID: 
124115