¿Cómo se efectuará el ingreso de las cuotas de iva de importación liquidadas por la administración?.
Los operadores con derecho a aplicar el sistema de diferimiento del ingreso deberán consignar las cantidades liquidadas por la Administración en la declaración- liquidación de IVA (modelo 303/ 322) del periodo en que se le notifica la deuda, (en el caso del despacho esta notificación se produce en la fecha del levante).
A modo de ejemplo: las DUAS despachados en febrero, así como las liquidaciones notificadas en el mismo mes, deben incluirse en el modelo 303/322 que debe presentarse desde el 1 al 20 de marzo.
Para este fin se ha incluido una casilla nueva (casilla 77) en los modelos anteriormente mencionados.
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