La institución marroquí denominada Kafala es una institución de protección de menores, que de acuerdo con el artículo 34 de la Ley de Adopción Internacional debe ser equiparada al acogimiento familiar permanente o, en su caso, a una tutela, regulados en el Derecho español.
La deducción por maternidad será aplicable a la Kafala marroquí cuando se constituya por resolución judicial, siempre que conste traducida al idioma español, y contenga la debida legalización o apostilla realizada en el respectivo Consulado o en la Embajada de España en Marruecos. En cualquier caso, será necesario cumplir el resto de los requisitos exigidos por el artículo 81 de la Ley del Impuesto.
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