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LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN: INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO

Consulta: 

Contribuyente que realiza actividades de investigación y desarrollo. ¿Qué elementos puede amortizar libremente?

Respuesta corta: 

Podrán amortizarse libremente:

- Los elementos del inmovilizado material e intangible, excluidos los edificios, afectos a las actividades de investigación y desarrollo.

- Los gastos de investigación y desarrollo activados como inmovilizado intangible, excluidas las amortizaciones de los elementos que disfruten de libertad de amortización.

Los edificios podrán amortizarse de forma lineal durante un período de 10 años, en la parte que se hallen afectos a las actividades de investigación y desarrollo.

A efectos de la libertad de amortización debe entenderse como gastos de I D aquellos que tienen esta condición a efectos de la deducción en la cuota íntegra.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
135780