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LÍMITE GANANCIAS SOMETIDAS A RETENCIÓN DESDE 2014

Consulta: 

Límite conjunto de rendimientos íntegros de capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta a partir del 1 de enero de 2014.

Respuesta corta: 

A partir de 1 de enero de 2014 se da nueva redacción a la letra b) del artículo 96 de la Ley de Impuesto, excluyendo del límite conjunto de 1.600 euros anuales a las ganancias patrimoniales procedentes de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva en las que la base de retención no proceda determinarla por la cuantía a integrar en la base imponible.

Por tanto, cuando la base de retención no se haya determinado en función de la cuantía a integrar en la base imponible la ganancia patrimonial obtenida procedente de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva no podrá computarse como ganancia patrimonial sometida a retención o ingreso a cuenta a efectos de los límites excluyentes de la obligación de declarar.

Respuesta extendida: 
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ID: 
134870