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LÍMITES DE ACUMULACIÓN DE AYUDAS AL SECTOR CINEMATOGRÁFICO

Consulta: 

¿Qué límites se establecen en cumplimiento de la normativa comunitaria, en la deducción prevista para las producciones extranjeras?

Respuesta corta: 

En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa comunitaria, la deducción prevista en el apartado 2 del artículo 36 de la Ley del Impuesto resultará de aplicación, siempre que se tengan en cuenta los siguientes límites:

  • Las producciones que generen derecho a la referida deducción deberán tener un coste mínimo de 2 millones de euros.
  • La base de la deducción no podrá superar el 80% del coste total de la producción.
Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 36 Ley 27 / 2014 , de 27 de noviembre de 2014 .
Artículo 45 RIS Real Decreto 634 / 2015 , de 10 de julio de 2015 .
Disposición final 2ª Real Decreto 1021 / 2015 , de 13 de noviembre de 2015 .
ID: 
137663