¿Cuál es el importe de la materialización en los casos de creación de empleo?
En el caso de creación de empleo directamente relacionado con inversiones iniciales, el importe de la materialización será el importe del coste medio de los salarios brutos y las cotizaciones sociales obligatorias que correspondan con el incremento de plantilla producido y únicamente durante los dos primeros años desde que se produzca el citado incremento (Art. 27.6 Ley 19/1994).
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