Aplicación del límite del 50% de las dotaciones en la materialización de la reserva para inversiones en Canarias a través de la suscripción de títulos de deuda pública.
El límite del 50% de las dotaciones opera sobre la reserva dotada en cada ejercicio, no sobre el saldo acumulado en varios períodos.
El límite del 50% ha de calcularse sobre el importe dotado de la reserva, no sobre la cantidad máxima que se podría haber dotado.
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