Forma de imputar en la base imponible la amortización de las mejoras realizadas en un inmueble que ha sido adquirido mediante un contrato de arrendamiento financiero.
El importe de las mejoras realizadas sobre un bien objeto de un contrato de arrendamiento financiero, se amortizará durante los períodos impositivos que resten para completar la vida útil del elemento patrimonial. A tal efecto, se imputará en cada período impositivo el resultado de aplicar al importe de la mejora el coeficiente resultante de dividir la amortización contabilizada del elemento patrimonial practicada en cada período impositivo, en la medida en que se corresponda con la depreciación efectiva, entre el valor contable que dicho elemento patrimonial tenía al inicio del período impositivo en que se realizó la mejora.
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