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Mercancías - Finalización del régimen de it

Consulta: 

¿Cuándo se considera finalizado el régimen de Importación Temporal?

Respuesta corta: 

Se ultimará el régimen de IT, cuando las mercancías incluidas en dicho régimen se incluyan en otro régimen aduanero posterior, hayan salido del territorio aduanero de la Unión, se hayan destruido sin producir residuos o se abandonen en favor del Estado.

El titular de la autorización del régimen deberá ultimarlo en el plazo establecido, debiendo las mercancías permanecer en el mismo estado en que se incluyeron en el régimen de Importación Temporal.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 215 del Reglamento (UE) Nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre, por el que se establece el
Código Aduanero de la Unión
ID: 
139911