¿Cuáles son las cuantías que pueden reducirse los contribuyentes en concepto de mínimo por descendientes?
El mínimo por descendientes será de :
- 2.400 euros anuales por el primero.
- 2.700 euros anuales por el segundo.
- 3.000 euros anuales por el tercero.
- 4.500 euros anuales por el cuarto y siguientes.
Cuando el descendiente sea menor de tres años, el mínimo anterior se aumentará en 2.800 euros anuales. En el caso de adopción o acogimiento, dicho aumento se producirá con independencia de la edad del menor, en el período impositivo en que se inscriba en el Registro Civil y en los dos siguientes.
En cuanto al orden de aplicación ver pregunta 134637.
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