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MINIMO POR DESCENDIENTES: GUARDIA Y CUSTODIA COMPARTIDA

Consulta: 

Por convenio regulador aprobado en resolución judicial se establece que la guarda y custodia de los hijos comunes será compartida entre el contribuyente y su ex cónyuge¿Como se aplica el mínimo por descendientes?

Respuesta corta: 

El mínimo por descendientes corresponderá a quién, según la sentencia de separación o el convenio regulador aprobado judicialmente, tenga atribuida la guarda y custodia de los hijos a la fecha de devengo del Impuesto, al tratarse del progenitor que convive con aquéllos, tanto en el periodo impositivo en que se dicte la resolución judicial como en los sucesivos. Procederá el prorrateo por partes iguales cuando la guarda y custodia sea compartida, con independencia de quién sea el progenitor con el que convivan a la fecha de devengo.

Respuesta extendida: 
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ID: 
134651