¿Se tendría derecho al mínimo por descendientes cuando un hijo menor de edad tiene obligación de declarar, en declaración conjunta?
El mínimo por descendientes se podrá aplicar siempre y cuando el hijo conviva con el contribuyente y no tenga rentas anuales , excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros, cuando se realice la declaracion conjunta.
La no aplicación del mínimo por descendientes cuando estos presenten declaración con rentas superiores a 1.800 euros no es aplicable cuando estos hacen declaración conjunta con los padres, ya que, en otro caso, nunca sería aplicable el minimo por descendientes, en este tipo de declaración, por los hijos menores incluidos en ella.
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