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Módulos - Actividades accesorias a agrícolas y ganaderas

Consulta: 

¿Cuáles son las actividades de carácter accesorio a las agrícolas o ganaderas a partir de 2000 en estimación objetiva?

Respuesta corta: 

Como actividades accesorias se encuentran:

- Otros trabajos y servicios accesorios, realizados por agricultores o ganaderos que estén excluidos del Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido.

- Actividades accesorias no incluidas en el Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca del IVA, realizadas por agricultores y ganaderos.

El conjunto de -otros trabajos, servicios y actividades accesorios, sólo queda sometido al régimen de E.O. y en su caso , al especial simplificado del IVA, si el volumen de ingresos conjunto imputable a ellas resulta inferior al correspondiente a las actividades agrícolas y/o ganaderas.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo .1 b) Orden Ministerial EHA / 804 / 2007 , de 30 de marzo de 2007 .
ID: 
125211