¿A qué personas y entidades se aplica el régimen especial simplificado?
El régimen simplificado se aplica a los sujetos pasivos que sean personas físicas y a las entidades en régimen de atribución de rentas en el IRPF cuyos miembros sean todos personas físicas y tributen en régimen de estimación objetiva en el IRPF.
Son entidades en régimen de atribución de rentas las sociedades civiles, tengan o no personalidad jurídica, las herencias yacentes, las comunidades de bienes y las demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado, susceptible de imposición.
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