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Módulos - Bares y restaurantes: servicio de comida en barra

Consulta: 

¿Deben computarse como mesas las barras de los restaurantes adaptadas para servir comidas?

Respuesta corta: 

No. Como módulo mesa sólo se computará la susceptible de ser ocupada por cuatro personas, incrementando o reduciendo la cuantía del módulo en la proporción correspondiente las de capacidad superior o inferior. El cómputo de la barra deberá realizarse dentro del módulo longitud de barra.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Instrucción 2.1 Fase 1. 8ª) y 15ª) Ordenes Ministeriales.
ID: 
125767