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Módulos - Cálculo accesoriedad en venta loterías y quinielas

Consulta: 

Forma de determinar que la venta de lotería y quinielas tiene carácter accesorio a una actividad principal si ésta determina su rendimiento neto en el régimen de estimación objetiva.

Respuesta corta: 

En las notas que incluyen algunos epígrafes del anexo II de las Ordenes de desarrollo de la EO, se establece: el rendimiento neto resultante de la aplicación de los signos, índices o módulos anteriores incluye, en su caso, el derivado de la venta de artículos de escaso valor tales como dulces, artículos de fumador, etc., los servicios de comercialización de tarjetas de transporte público, tarjetas para uso telefónico y otras similares, así como loterías, siempre que estas actividades se desarrollen con carácter accesorio a la actividad principal. Por tanto, el rendimiento neto determinado por el régimen de estimación objetiva incluirá el derivado de la comercialización de loterías y quinielas, siempre que esta actividad se desarrolle con carácter accesorio de la principal.
La determinación del carácter accesorio se realizará de conformidad con lo dispuesto en el apartado primero.2, comparando los rendimientos íntegros de la actividad principal con los rendimientos íntegros derivados de la actividad accesoria, no pudiendo suponer éstos últimos un porcentaje superior al 40 por 100 de los rendimientos íntegros de la actividad principal. Como rendimientos íntegros de la actividad de comercialización de loterías y quinielas se tomarán las comisiones devengadas.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Consulta de la D.G.T. 1586 - 03 , de 10 de octubre de 2003
ID: 
127857