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Módulos - Carácter accesorio comparación de rendimientos íntegros

Consulta: 

El contribuyente ejerce una actividad de la sección primera de las Tarifas del IAE, determinando su rendimiento neto por el régimen de estimación objetiva. Asimismo, vende loterías y quinielas, encontrándose tales ventas en la nota de accesoriedad de la actividad que es considerada como principal. Forma de determinar que esta venta de lotería y quinielas tiene carácter accesorio.

Respuesta corta: 

El rendimiento neto determinado por el régimen de estimación objetiva por parte de los contribuyentes que realicen actividades recogidas en el anexo II de la Orden de desarrollo de la EO, comprenderá el derivado de las actividades que expresamente incluyan sus notas de accesoriedad, siempre que las mismas se desarrollen con carácter accesorio de la principal, en determinados epígrafes la comercialización de loterías y quinielas.
La determinación del carácter accesorio, en todo caso, se realizará de conformidad con lo dispuesto en el apartado primero.2 de la Orden, comparando en todo caso los rendimientos íntegros de la actividad principal con los rendimientos íntegros derivados de la actividad accesoria, no pudiendo suponer éstos últimos un porcentaje superior al 40 por 100 de los rendimientos íntegros de la actividad principal. Como rendimientos íntegros de la actividad de comercialización de loterías y quinielas se tomarán las comisiones totales devengadas.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Consulta de la D.G.T. 1586 - 03 , de 10 de octubre de 2003
Apartado primero. 2 Ordenes de desarrollo de la EO.
ID: 
128015