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Módulos - Consumo de luz: inicio de actividad

Consulta: 

¿Cuál es el consumo de energía a aplicar en una peluquería de señoras que inicia la actividad este año?

Respuesta corta: 

Al determinar el rendimiento anual en renta o al calcular la cuota devengada anual en el IVA, se tendrá en cuenta el consumo real del año, dato que se utilizará para los pagos fraccionados y las cuotas trimestrales del año siguiente al de inicio. No obstante y para el ejercicio que se inicia la actividad, a efectos de los pagos fraccionados de renta y de las cuotas trimestrales a ingresar por el IVA no se tendrá en cuenta el módulo consumo de energía, aplicándose sólo los restantes.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Instrucción 3 IRPF e Instrucción 4 IVA Anexo II O.Ministeriales
ID: 
125788