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Módulos - Exclusión: número vehículos

Consulta: 

Cómo debe entenderse la magnitud específica- número de vehículos- a computar a efectos de determinar la inclusión en el método de estimación objetiva.

Respuesta corta: 

En el cómputo de la magnitud específica número de vehículos que determina la inclusión en el método de estimación objetiva se considerarán aquellos que se utilicen para el desarrollo de la actividad principal y de cualquier otra accesoria incluida en el régimen de EO.

Quedará excluido el contribuyente cuando en cualquier día del año se supere el número de vehículos que determina el límite en su actividad. Deben pues computarse todos los vehículos, utilizados o no efectivamente en la actividad, así como aquellos que se encontrasen en reparación o los que hubiesen sido alquilados siempre que se utilicen en la actividad, debiendo entender como tal los susceptibles de utilización en cualquier día del año.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 3 .1 d) Orden Ministerial EHA / 804 / 2007 , de 30 de marzo de 2007 Idem. Órdenes Ministeriales de desarrollo de la EO. .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0722 - 07 , de 09 de abril de 2007
ID: 
127868