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Módulos - Fase 2ºrendimiento neto minorado: cálculo

Consulta: 

¿Cómo se determina el Rendimiento Neto Minorado?

Respuesta corta: 

El rendimiento neto minorado, se obtiene deduciendo del rendimiento neto previo, las cantidades que en concepto de inmovilizado material e intangible correspondan a la depreciación efectiva que sufran los distintos elementos por funcionamiento, uso, disfrute u obsolescencia.

Cuando se trate de actividades forestales, para el cálculo del rendimiento neto minorado no se deducirán amortizaciones.

El IVA soportado no deducible o que no sea recuperable directamente de la Hacienda pública forma parte del precio de adquisición de los bienes de inversión o del circulante. Por tanto, los contribuyentes incluidos en el REAGP considerarán como precio de adquisición, a efectos de amortización, el precio total de los bienes, sin excluir el IVA soportado.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0972 - 07 , de 18 de mayo de 2007
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 2402 - 05 , de 25 de noviembre de 2005
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0343 - 04 , de 29 de noviembre de 2004
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0773 - 07 , de 16 de abril de 2007
Instruccion 2.2 Anexo I Ordenes Ministeriales
ID: 
125423