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Módulos - Índice c.por inicio nueva actividad: no ejercicio anterior

Consulta: 

¿Qué se entiende por el requisito de no haberse ejercido anteriormente bajo otra titularidad o calificación?

Respuesta corta: 

Este requisito comporta que no se continue una actividad preexistente, aunque la misma se hubiese desarrollado por un empresario distinto o con una denominación diferente.

Entre otros supuestos:

  • En aquellos casos en que el contribuyente inicie la actividad con una licencia de taxi o tarjeta de transporte adquirida de un titular anterior, no se aplicará el índice corrector de nueva actividad puesto que el anterior titular ya ejercía esa actividad.
  • En el traspaso de un local de negocio la actividad que va a ejercer el contribuyente, ya se venía ejerciendo con anterioridad por el que realiza el traspaso, por tanto no es aplicable el índice corrector.
  • En el caso de un empresario que se da de alta en un local en una actividad que ya ejercía otro titular anterior solo podrá aplicarse el índice corrector si los elementos empleados, excepto obviamente el local son distintos (ejemplo: maquinaria, clientela, trabajadores).
Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Consulta de la D.G.T. 0712 - 97 , de 11 de abril de 1997
Consulta de la D.G.T. 1529 - 97 , de 08 de julio de 1997
Consulta de la D.G.T. 1890 - 01 , de 22 de octubre de 2001
Instrucción 2.3 fase 3.b y Anexo II Órdenes Ministeriales
ID: 
125655