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Módulos - Libros-registro

Consulta: 

Los empresarios y profesionales en régimen simplificado ¿tienen obligación de llevar libros-registro?

Respuesta corta: 

Sí. Deberán llevar un libro registro de facturas recibidas anotando separadamente las adquisiciones o importaciones de activos fijos con los datos necesarios para efectuar las oportunas regularizaciones.

Si realizan otras actividades a las que no les sea aplicable el régimen simplificado, anotarán separadamente las adquisiciones correspondientes a cada sector diferenciado de la actividad.

Si los índices o módulos operan sobre el volumen de ingresos realizado llevaran un libro-registro en el que anotarán las operaciones efectuadas en estas actividades.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 40 Real Decreto 1624 / 1992 , de 29 de diciembre de 1992 .
ID: 
125476