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Módulos - Minorista e intermediario en telefonía móvil

Consulta: 

Minorista de Estimación Objetiva establece con una concesionaria del servicio público de telefonía móvil automática (servicio GSM), un contrato de agencia para la promoción y comercialización del servicio GSM, y realiza labores de mediación para obtener abonados. Tributación.

Respuesta corta: 

Se consideran rendimientos profesionales los obtenidos por comisionistas, cuando se limitan a acercar a las partes interesadas para la celebración de un contrato, actuando por cuenta del comitente, y sin asumir el riesgo y ventura de las operaciones, situación que normalmente se produce en un contrato de agencia. En tal caso, el agente desarrolla una actividad profesional sometida a retención. Esta actividad profesional no está recogida en ningún epígrafe del IAE incluido en Estimación Objetiva, ni se puede considerar como actividad accesoria a otra principal acogida a ese régimen, lo que determina la exclusión del minorista del régimen de Estimación Objetiva, por incompatibilidad con la Estimación Directa.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 1 Ley 12 / 1992 , de 27 de mayo de 1992 de Régimen Jurídico del Contrato de Agencia. .
Consulta de la D.G.T. 0537 - 04 , de 05 de marzo de 2004
Consulta de la D.G.T. 0482 - 00 , de 09 de marzo de 2000
ID: 
125687