Reducción de los módulos aplicables en el régimen simplificado en 2012 como consecuencia de los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011 en el municipio de Lorca (Murcia).
Se aprueba una reducción general del 35 por 100 aplicable en el ejercicio 2012 y, en su caso, otra adicional del 65 por 100 aplicable en dicho ejercicio cuando las actividades se hubieran desarrollado también durante el año 2011.
Dichas reducciones operarán sobre la cuota devengada por operaciones corrientes y se tendrán en cuenta para el cálculo tanto de la cuota trimestral como de la cuota anual del régimen simplificado.
En el supuesto de haber sido autorizada la reducción de índices o módulos en el año 2011 por circunstancias excepcionales, la reducción adicional del 65 por 100 se minorará en el importe correspondiente a la minoración de la cuota devengada por operaciones corrientes efectuada en 2011 como consecuencia de tal autorización.
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