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Módulos - Renuncia al régimen

Consulta: 

¿Cuales son las consecuencias de la renuncia al régimen simplificado del IVA?

¿Cuándo produce efectos la renuncia al régimen simplificado?

Respuesta corta: 

La renuncia el régimen simplificado supone:

  • que todas las actividades realizadas por el sujeto pasivo susceptibles de tributar por este régimen especial y por el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca tributan en régimen general.
  • la renuncia al régimen de estimación objetiva del IRPF.

Efectos:

  • La renuncia presentada en el mes de diciembre surte efectos desde el año siguiente a su presentación.
  • La presentada con ocasión del comienzo de la actividad surte efectos desde el momento en que se inicie ésta. Cuando se viniera realizando una actividad en régimen simplificado y se inicie otra susceptible de acogerse al mismo régimen, la renuncia por esta última actividad no tendrá efecto durante ese año respecto de la que ya se venía realizando.

La renuncia tiene efecto durante un período mínimo de tres años y se entenderá prorrogada salvo revocación expresa en el mes de diciembre del año anterior.

La renuncia al régimen simplificado se realizará:

  1. expresamente, mediante la presentacion de la declaracion censal de comienzo o durante el mes de diciembre anterior al inicio del año natural en que deba surtir efecto.
  2. tácitamente, cuando la declaración-liquidación del primer trimestre del año natural o, en caso de inicio, la primera declaración-liquidación tras el comienzo, se presente en plazo aplicando el régimen general (modelo 303)
Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 122 , 124 Ley 37 / 1992 , de 28 de diciembre de 1992 .
Artículo 33 , 35 Real Decreto 1624 / 1992 , de 29 de diciembre de 1992 .
ID: 
125494