Un agricultor percibe una subvención de capital destinada a financiar la instalación del sistema de riego por goteo. ¿Puede aplicar la reducción del 25 por 100 del rendimiento prevista para jovenes agricultores ya que cumple el requisito de la edad ?
La aplicación de la reducción del rendimiento neto de módulos en un 25 por 100 exige que los beneficiarios sean jóvenes agricultores o asalariados agrarios que hayan realizado su primera instalación como titulares de la explotación prioritaria al amparo de la Ley 19/1995 de 4 de julio, de Modernización de Explotaciones Agrarias, así como que acrediten la certificación de un plan de mejora en la explotación.
Por la simple instalación de un nuevo sistema de riego por goteo no puede entenderse que cumple el resto de los requisitos, dado que se desconoce si se ha producido la primera instalación como titular de una explotación prioritaria, así como que esta instalación en sí acredite la realización de un plan de mejora.
Por tanto la acreditación tanto de realizar la instalación en Explotación Prioritaria, así como de proceder a la realización de un plan de mejora deber ser certificado por autoridad competente en materia agraria de la Comunidad Autónoma donde se realice la actividad agrícola.
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