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Módulos - Utilización medios producción ajenos

Consulta: 

 

¿Qué se entiende por medios de producción ajenos a efectos de la aplicación del índice corrector?

Respuesta corta: 

 

Para aplicar el índice por medios de producción ajenos en el desarrollo de actividades agrícolas (salvo aparcería y figuras similares), es necesario que se utilicen exclusivamente medios de producción ajenos, sin tener en cuenta a estos efectos el suelo, y entendiendo como tales tanto los medios humanos como los materiales, tanto el trabajo como el capital.

Es preciso, por tanto, que el titular no trabaje personalmente en la actividad (salvo en tareas propias de dirección, organización o planificación), empleando íntegramente mano de obra ajena; y, además, todos los elementos materiales de la explotacion, distintos de la tierra, deben ser aportados por terceros.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Consulta de la D.G.T. 2416 - 97 , de 18 de noviembre de 1997
Instrucción 2.3 a) ANEXO I OO. MINISTERIALES.
ID: 
125241